Eliminar el autismo del Banco Central

Banco CentralEl Bloque Nuevo Encuentro Popular y Solidario presentó un proyecto de ley de modificación de la Carta Orgánica del Banco Central de la República Argentina, articulado con la creación de un “consejo de políticas monetarias, financieras y cambiarias”, de forma tal de estrechar las acciones de la autoridad monetaria con las políticas macroeconómicas que se lleven a cabo por el gobierno elegido por el pueblo.

Este proyecto de ley intenta evitar el “autismo” del Banco Central y trasciende el estrecho criterio de defensa excluyente del valor de la moneda, como si esa defensa no estuviera vinculada también a una economía en crecimiento y un importante poder de compra de la población proveniente de una equitativa distribución de ingresos y elevados niveles de empleo.

En reemplazo del texto legal del año 1973, se sancionó, en 1992, la actual Ley 24.144 de Carta Orgánica del Banco Central de la República Argentina, bajo el marco conceptual del Consenso de Washington, que promovía la total desregulación de los mercados, entre otras reformas estructurales que incluían la privatización de las empresas públicas y la liberalización de las tasas de interés.

En los fundamentos del proyecto de modificación a la Carta Orgánica presentado por el Poder Ejecutivo se sostenía que “la necesidad de estabilizar el signo monetario excede el marco de la equidad en la distribución de los recursos”, aseveración que marca el espíritu de la modificación plasmada en 1992, estableciendo la dominancia del valor de la moneda por sobre el resto de las variables económicas, más allá de cualquier criterio de equidad distributiva.

A la luz del derrumbe de la Convertibilidad, en el año 2002, fueron incorporados algunos cambios relevantes. Tal es así que se recuperó la posibilidad de otorgar redescuentos en circunstancias excepcionales, conceder adelantos transitorios al gobierno nacional y la potestad de regular el funcionamiento del mercado de cambios.

Ninguna de estas actualizaciones modifica su objeto, manteniéndose imperiosa la necesidad de su modificación, que nuestro proyecto la complementa con la creación del “consejo de políticas monetarias, financieras y cambiarias”. La propuesta de conformación de este consejo se encuentra en las antípodas de la noción que promueve la independencia de los bancos centrales. Se apunta a revalorizar la importancia del trabajo conjunto entre el Banco Central y el Poder Ejecutivo a los fines de idear e implementar políticas consistentes con el programa económico que se aplica. En esa dirección se inscribe el espíritu de este proyecto de ley.

Objetivos del consejo
El “consejo de políticas monetarias, financieras y cambiarias” tiene por objeto coordinar la formulación y ejecución de la política monetaria, financiera y cambiaria con la política fiscal y de ingresos, de acuerdo con la legislación vigente, para crear condiciones que permitan el cumplimiento de las misiones del Banco Central de la República Argentina, y coadyuvar con los objetivos de la política económica implementada por el Poder Ejecutivo Nacional.

El consejo estará integrado por cinco miembros: el ministro/a de Economía, el ministro/a de Trabajo, un representante de los ministerios productivos (Industria, Agricultura y Turismo), el presidente/a y el vicepresidente/a del Banco Central de la República Argentina.

Para cumplir con sus objetivos, el consejo establecerá los lineamientos de la política monetaria, financiera y crediticia, coordinará con el Banco Central las políticas cambiarias que deben apuntar al sostenimiento de un tipo de cambio competitivo, y definirá las líneas directrices de las políticas de tasas de interés y comisiones del sistema financiero, así como la orientación de los flujos de préstamos. Para estas últimas tareas, no sólo se utilizarán los recursos disponibles en el Central, sino que también el consejo ordenará las políticas de tasas de interés subsidiadas por el Estado nacional. Se intenta que este consejo sea el eje en la definición de la calidad, cantidad y orientación del crédito, como parte de un plan para el incremento de la frontera productiva y el crecimiento económico.

La creación del consejo se inspira en la normativa brasileña; también se estudió la Carta Orgánica de 1973, que establecía que “La actuación del banco se ajustará a las directivas que el Gobierno nacional, por intermedio del Ministerio de Economía, dicte en materia de política económica, monetaria, cambiaria y financiera, y dentro de este principio, deben interpretarse las atribuciones que se le acuerden al Banco Central”.

Teniendo en cuenta los cambios introducidos en la legislación de nuestro país por la Constitución Nacional, de 1994, en especial la que limita la delegación de facultades del Legislativo en el Ejecutivo, el “consejo de políticas, monetarias, financieras y cambiarias” se diseñó para coordinar y fijar los lineamientos generales y los ejes de acción, mientras que las políticas concretas las ejecuta el Banco Central, en cumplimiento de su misión.

Reforma de la carta orgánica
Los cambios propuestos se basan en tres ejes principales: la ampliación de la misión del Banco Central, la modificación del mandato de sus autoridades y el otorgamiento de facultades para intervenir más ampliamente en la política crediticia y de tasas y comisiones del sistema financiero, temas que recogen la experiencia de varios países en estas materias.

Se especifica que las misiones del Central serán:

a) preservar el valor de la moneda, en consonancia con un elevado nivel de empleo y un desarrollo económico sostenible, con sentido social y equidad distributiva, y

b) garantizar la estabilidad del sistema financiero.

Con esta orientación, se evita que la defensa del valor de la moneda sea un principio en sí mismo, desvinculado del resto de las políticas económicas y sociales.

Según la Carta Orgánica actual, el presidente, vicepresidente y directores del Banco Central duran seis años en el cargo, un período que excede el mandato del Poder Ejecutivo Nacional, lo que es un claro ejemplo de desconexión entre las autoridades del banco y el gobierno electo, y responde a la idea neoliberal de que la política monetaria debe tener una prescindencia absoluta del Ejecutivo, como si se tratara de un cuarto poder.

Nuestro proyecto establece que “dentro de los treinta días corridos de la asunción del Presidente de la Nación, éste designará -con acuerdo del Senado de la Nación- al presidente y al vicepresidente; quienes finalizarán, indefectiblemente, en sus funciones la misma fecha en que concluya el mandato del titular del Poder Ejecutivo Nacional que los haya designado, pudiendo ser nombrados nuevamente”. Se reduce también el plazo de duración de los directores del Banco Central a cuatro años, previendo su renovación por mitades, para no crear una discontinuidad en la gestión. Este funcionamiento se fundamenta en las previsiones de la Constitución Nacional, en su artículo 99, inciso 7, mediante el cual el Presidente de la Nación nombra y remueve a los empleados cuyo nombramiento no está reglado de otra forma por la Carta Magna.

Límites
También se le asigna al Central funciones para establecer límites a las tasas de interés y comisiones de los servicios financieros, fomentar obligatoriamente los préstamos a las pymes y a las economías regionales y otorgar redescuentos generales y sectoriales a las entidades, todas estas facultades se ejecutarán en coordinación con los lineamientos generales que fije el “consejo de políticas monetarias, financieras y cambiarias”.

Estas son las grandes líneas del proyecto que se presenta, que posee la misma orientación que el proyecto de ley de servicios financieros para el desarrollo económico y social, presentado también por los diputados del bloque Nuevo Encuentro Popular y Solidario, para que la política monetaria y la prestación de servicios financieros contribuyan al desarrollo económico y social con equidad distributiva. Ambos proyectos se enmarcan en la idea de la importancia de la intervención del Estado en los mercados para mejorar su funcionamiento, y alinear los intereses de los empresarios privados, en todos los rubros, con las necesidades de los planes diseñados por el gobierno elegido en las urnas. Es un profundo cambio con respecto al “pensamiento único” de los noventa, que entregó los resortes de la economía al sector privado. En la confección de estos proyectos de ley se recoge un gran caudal de conocimientos teóricos y prácticos que sostienen la necesidad de una fuerte participación del gobierno y el Estado en la cuestión económica, ideas que están volviendo a surgir con motivo de la brutal crisis internacional en lo financiero, productivo y de trabajo a la que llevó el modelo desregulador.

Esta nota fue publicada en la Revista Debate el 22 de octubre de 2010.

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