En la editorial de La Nación del 16 de julio se intenta realizar un paralelismo entre las reformas financieras recientemente aprobadas en los EE UU e impulsadas por Barack Obama, y el proyecto de ley de Servicios Financieros para el Desarrollo Económico y Social de mi autoría.
La comparación es totalmente arbitraria, dado que detalla positivamente las regulaciones establecidas en los EE UU, asociando el dictamen del Parlamento con la propuesta de Barack Obama, cuando esta sufrió muchos cambios en su transitar parlamentario y enfrentó grandes críticas.
En forma paralela, sólo realiza críticas al proyecto de ley de Servicios Financieros, evitando cuidadosamente enunciar las coincidencias que tienen ambos proyectos.
Estas coincidencias, con los lógicos contrastes, se producen en lo atinente a la creación en el seno de los bancos centrales de cada país (la Reserva Federal en los EE UU) de un organismo de defensa del consumidor y también en el mayor protagonismo que se otorga de los entes de seguros de depósitos.
En realidad, los argumentos que La Nación utiliza contra el proyecto de Heller son los mismos que los lobbistas de Wall Street utilizaron para denostar el proyecto de Obama, exagerando o malinterpretando las distintas regulaciones que intentan mejorar la salud del sistema.
Es falso cuando La Nación dice que “el proyecto de Heller” no se preocupa por la estabilidad del sistema, ya que se establece, entre otras cuestiones, un límite a la participación de mercado de las entidades y exige que tengan la aprobación del BCRA para poder operar en derivados. También se fija un listado taxativo de las operatorias que pueden realizar los bancos comerciales, similares a las que realizan actualmente, pero excluye la posibilidad de instrumentar innovaciones que puedan generar inestabilidad sistémica, algo que la actual ley de Entidades financieras no prevé.
Se informa parcialmente sobre el proyecto de Obama, puesto que se evita comentar que se prohíbe a los bancos realizar operaciones de inversión con capital propio, de fuerte carácter especulativo, que constituye un recorte directo de negocios altamente rentables (y riesgosos) para los bancos.
La editorial sostiene que nuestro proyecto propone la “intervención estatal en detrimento de la eficiencia y estabilidad de la operatoria bancaria”. La crisis financiera estadounidense, y las distintas crisis argentinas, en especial la de 2001, muestran que la supuesta eficiencia que postula La Nación fue la causante de los problemas sistémicos, así como también evidencian que la estabilidad no se logró con la libertad del mercado, sino, por el contrario, con una fuerte intervención del Estado.
Los defensores a ultranza de la subsidiariedad del Estado tienen una vara distinta para evaluar la regulación estatal.
Cuando el Estado interviene a favor de los bancos, por ejemplo para obligar a las empresas a depositar los salarios de sus empleados en cajas de ahorro, o cuando sale al rescate de grandes deudores con la pesificación asimétrica, no hay crítica alguna aunque se desobedezcan las reglas del mercado. Pero cuando el Estado intenta regular a favor de los usuarios, y recorta mínimamente los negocios o la rentabilidad de bancos o empresas, plantean que ir contra el mercado genera ineficiencia y falta de transparencia.
La Nación sostiene que nuestro proyecto “responde a un espíritu anticapitalista y trata por principio de introducir al gobierno en remplazo de los administradores privados y convierta a las entidades bancarias en piezas controladas bajo la innecesaria e inconveniente calificación de servicio público”.
En realidad, luego de la privatización de las empresas de servicios públicos en la Argentina y a lo largo del mundo, se verifica que el capitalismo no es antagónico con la prestación de servicios públicos, aunque requiere regulaciones del Estado para asegurar las prestaciones e inversiones necesarias, y además evitar costos significativos a los usuarios. El sistema financiero es una de las actividades con mayor regulación en todos los rincones del mundo, precisamente porque posee las características propias de un servicio público. Expresar esta esencia en una ley es reconocer la importancia que posee, para las personas, contar con servicios financieros disponibles y adecuados.
Si bien como cooperativistas sostenemos la importancia de la propiedad común y solidaria de los distintos emprendimientos económicos, el proyecto de ley de Servicios Financieros no intenta ir contra el capitalismo, sino regular una de sus facetas más volátiles, para que el mismo contribuya a los objetivos de crecimiento de la economía argentina.
Tampoco existe discriminación alguna con los bancos extranjeros, sino que se exige una instancia de aprobación de nuevas inversiones extranjeras en el Poder Ejecutivo. No escapa al razonamiento más elemental, que la dimensión de los grandes bancos internacionales genera por sí sola una ventaja competitiva excepcional, que no poseen los bancos de capitales nacionales. Es el Poder Ejecutivo, que ha sido electo por la ciudadanía para estas tareas, el más apto para evaluar el impacto del nivel de extranjerización de la banca sobre la economía argentina.
La Nación aduce que las exigencias a los bancos extranjeros contrarían el artículo 20 de la Constitución Nacional, que consagra una plena y absoluta equiparación en esta materia entre nacionales y no nacionales.
Sin embargo, según distintos tratadistas, la situación jurídica de los extranjeros, tanto en el derecho civil como en el derecho público, puede diferir de la correspondiente a los nacionales y ciudadanos, siempre que no se traduzca en un desconocimiento de la dignidad y condición humana. Además, se establece que en las actividades de servicios públicos esenciales, la diferenciación entre nacionales y extranjeros debe sostenerse en los intereses de la defensa nacional y la prestación del servicio.
Resulta importante detallar que similares regulaciones a las propuestas en nuestro proyecto para las entidades de capital extranjero se encuentran previstas en las legislaciones financieras de Brasil, Uruguay, Chile, México, Noruega, Japón y Suecia.
Sin duda hay grandes diferencias entre el proyecto de Barack Obama y el proyecto de ley de Servicios Financieros para el Desarrollo Económico y Social. Nuestro proyecto involucra al Estado en la orientación de la política financiera, y le otorga un papel más protagónico, puesto que instala la concepción de la actividad financiera como un servicio público, muy lejos de concebirlo como una actividad exclusivamente lucrativa, tal como lo hace la actual ley argentina y la estadounidense. Se orienta el crédito, pilar fundamental para desarrollar la actividad económica y un servicio muy escaso en nuestro país, para que cumpla un papel positivo en la sociedad, y por ello, se establecen porcentajes mínimos de cartera dedicada a las micro, pequeñas y medianas empresas que los bancos deben cumplir.
De esa forma, el crédito deja de ser un servicio que deciden otorgar los bancos para generar mayor rentabilidad, por ser un bien que contribuye al desarrollo económico y por ello debe ser regulado. De la misma forma, se establecen tasas máximas para las micro y pequeñas empresas y para los créditos personales de menor monto, segmentos que son los que más sufren los costos derivados del afán rentístico de los bancos lucrativos.
Bienvenidas estas críticas, porque indican claramente quiénes estamos por un proyecto popular y solidario, y quiénes desean volver a la dictadura de mercado de los ’90.