Heller presentó un proyecto de ley que eleva a $50.000 el monto de salario bruto a partir del cual un casado con dos hijos paga Impuesto a las Ganancias y modifica las escalas de la cuarta categoría.

La iniciativa permite deducir alquileres pagados y actualiza el monto permitido por intereses de préstamos hipotecarios para vivienda

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El diputado nacional Carlos Heller (Partido Solidario) le dio estado parlamentario a un proyecto de ley que plantea cambios sobre la Ley de Impuesto a las Ganancias (decreto 649/97 y modificatorias), elevando el mínimo no imponible y las escalas de la cuarta categoría, apelando a un criterio de progresividad tributaria.

Para el diputado Heller, el salario no es ganancia, definición que no se corresponde con los conceptos plasmados en la actual ley de Impuesto a las Ganancias. No obstante, propone que los trabajadores de altos ingresos contribuyan a la sociedad a través de un impuesto vinculado con los ingresos que perciben. Hasta tanto se logre una nueva reforma impositiva integral de carácter progresivo, y ante la pesada carga tributaria que están sufriendo los trabajadores, jubilados y profesionales, Heller decidió presentar una modificación a la ley de Impuesto a las Ganancias vigente.

La propuesta de Heller incluye la sustitución del artículo 23 y modifica las escalas del artículo 90, apelando a un criterio de progresividad tributaria y previendo una actualización anual mediante la aplicación del Índice de Salarios, sector privado registrado, elaborado por el Indec.

En los fundamentos de la iniciativa parlamentaria, Heller explica que “el proyecto tiene por objeto dar respuesta al problema social originado en la falta de adecuación de las deducciones básicas admitidas en el Impuesto a las Ganancias (mínimo no imponible, cargas de familia, deducción especial) correspondientes a los trabajadores de la cuarta categoría, que por su naturaleza representan gastos necesarios para su subsistencia y la de su familia”.

En el texto, que ya tiene estado parlamentario, Heller explica que desde su perspectiva “el establecimiento de un sistema tributario justo implica introducir diferenciaciones entre los contribuyentes atendiendo a la magnitud de sus rentas” y que “en este aspecto, la progresividad tributaria representa una medida de equidad”.

La propuesta de Heller modifica el mínimo no imponible y las cargas de familia, de forma tal que quedarían exceptuados los trabajadores casados, que deducen a su cónyuge y a dos hijos, y que perciben salarios brutos mensuales menores a $50.000, mientras que para los trabajadores solteros quedarán exceptuados los que tienen salarios brutos mensuales de menos de $36.000. Este último importe es levemente superior a lo que daría, con un incremento paritario de 30% para este año, la actualización de los $15.000 del decreto 1.242 del año 2013 firmado por Cristina Fernández de Kirchner, por debajo de los cuales no se tributaba Ganancias.

El legislador sostiene que las modificaciones que propone dan respuesta a “las arbitrariedades de la ley tributaria” que afectan tanto al trabajador en relación de dependencia como a quienes ejerzan profesiones u oficios en forma autónoma. De allí que el proyecto prevé que la deducción especial sea la misma para los trabajadores en relación de dependencia como para los cuentapropistas y profesionales, y para todos los incorporados en el Art. 79 (alcanzados por la cuarta categoría).

El proyecto de Heller incluye dentro de las cargas de familia deducibles al conviviente del contribuyente, haciendo extensivo el mismo tratamiento para el caso de las concubinas y los concubinos. También prevé la posibilidad de deducir los alquileres pagados en concepto de casa habitación del contribuyente por hasta $67.000 anuales, “entendiendo que los contribuyentes de la cuarta categoría deben poder deducir los gastos ineludibles para gozar de una vida digna”. También se actualizan anualmente las deducciones por intereses pagados por créditos hipotecarios para casa habitación del contribuyente, primas de seguros de vida y gastos de sepelio, vinculándolos con los valores del mínimo no imponible.

En los últimos años, el 90% de los trabajadores ha estado fuera del impuesto a partir del decreto 1242/13. A partir de su derogación y reemplazo por el DNU del presidente Macri (394/16), con deducciones que incorporan a unos 220.000 trabajadores y 110.000 jubilados que estaban excluidos, se impone la necesidad de definir nuevos parámetros de deducciones y escalas, a partir de los cuales se comiencen a ajustar automáticamente en función de los aumentos de salarios. El diputado sintetiza en el texto: “Estos nuevos parámetros están orientados a mantener al 90% de los trabajadores fuera del impuesto, de tal forma que el gravamen alcance a sólo el 10% de los trabajadores de mayores ingresos, y que el mismo se tribute en forma progresiva. Durante la última década, la falta de actualización de las escalas jugó un papel negativo, dado que le fue quitando toda pretensión de progresividad a las mismas”, agrega. Según Heller, esa falta de adecuación determinó que el intervalo entre la primera escala de ingresos (con una tasa del 9%) y el último intervalo que aplica la tasa del 35% para los ingresos mayores, se achicara considerablemente: “De allí que los ingresos de la gran mayoría de los que resultan sujetos del impuesto son rápidamente alcanzados por la tasa máxima del 35%”.

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