Juzgados por ejercer soberanía

Tiempo Argentino (edición especial de los trabajadores)

Por Carlos Heller

Diputado Nacional Partido Solidario

El juez federal Claudio Bonadio activó la causa en la que se investiga la venta de contratos de dólar a futuro por parte del Banco Central entre septiembre y diciembre de 2015. Citó a indagatoria, entre otros, a la ex Presidenta Cristina Fernández, al ex ministro de Economía Axel Kicillof y al ex titular del Banco Central, Alejandro Vanoli. La denuncia fue originalmente presentada por los legisladores Federico Pinedo (PRO) y Mario Negri (UCR), por el supuesto delito de “defraudación contra la administración pública”.

Se le imputa al BCRA haber vendido contratos de dólar a futuro a un valor cercano a los $10,70 a junio de 2016, cuando en la Bolsa de Nueva York valían $14 (valor que después de la denuncia subió a $15). En el año inmediato anterior, el BCRA no sólo ganó sumas elevadas por las operaciones de dólar a futuro, sino que logró disipar las expectativas de devaluación.

La denuncia es inconsistente. Mediante estos contratos a futuro al precio detallado, el BCRA cumplía con su Carta Orgánica (CO). En su artículo 4, inciso f, la misma manda “ejecutar la política cambiaria en un todo de acuerdo con la legislación que sancione el Honorable Congreso de la Nación”. Y la Ley de Presupuesto 2016, sancionada por dicho Congreso, establece un valor del dólar de $10,60 en promedio para el año, y de $11,20 para diciembre. El valor del dólar en Nueva York no es referencia para la política monetaria en nuestro país.

Además, el párrafo final del artículo 4 de la CO establece que “en el ejercicio de sus funciones y facultades, el banco no estará sujeto a órdenes, indicaciones o instrucciones del Poder Ejecutivo nacional, ni podrá asumir obligaciones de cualquier naturaleza que impliquen condicionarlas, restringirlas o delegarlas sin autorización expresa del Honorable Congreso de la Nación. De allí que resulta inaceptable el llamado a indagatoria a Cristina Fernández y a Kicillof.

Si los valores negociados en su momento no se condicen con los actuales, esta divergencia es resultado de la fuerte devaluación que aplicó el gobierno de Mauricio Macri, una medida que no pasó por el Congreso, aunque el Poder Legislativo es el responsable, según el artículo 75 de la Constitución Nacional, de “hacer sellar moneda, fijar su valor y el de las extranjeras”.

La denuncia no es sustentable. Fue uno más de los recursos de campaña de Cambiemos para sostener la necesidad de una devaluación. Y todo indica que su curso persigue deslegitimar las políticas aplicadas por Cristina Fernández. El avance de la denuncia no sólo es funcional a la instalación de la errónea idea de un legado crítico por parte del gobierno kirchnerista, sino que ratifica los principales enfoques económicos de Cambiemos, donde el mercado es dueño y señor de vidas y haciendas. Para la denuncia, el “delito” de Vanoli fue no someter la política monetaria a los dictados de la Bolsa de Nueva York.

Hay que pensar en los jubilados

La Comisión Bicameral Permanente de Trámite Legislativo aprobó esta semana el decreto de necesidad y urgencia (DNU) Nº 73 de Mauricio Macri, que deroga un DNU de Cristina Fernández de Kirchner. El DNU de Cristina tenía por objeto cesar la retención a todas las provincias del 15% de la coparticipación federal, teniendo en cuenta que la Corte Suprema de Justicia resolvió, el 24 de octubre de 2015, la inconstitucionalidad de dicha retención en los casos presentados por las provincias de Córdoba, Santa Fe y San Luis.

Para analizar esta serie de sucesos hay que viajar a 1992, momento en el cual se firma el “Acuerdo entre el Gobierno Nacional y los Gobiernos Provinciales” por el cual se decide que las provincias ceden el 15% de sus recursos coparticipables para aplicarlos a la Anses. Esta detracción era necesaria para que la administración de la seguridad social pudiera sostener los pagos a los jubilados, debido a la pérdida de los aportes que se comenzaban a canalizar hacia las AFJPs.

Más de una década después se eliminó el régimen de AFJPs y se instaló el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), financiado a través de un sistema solidario. A partir de esta decisión, las provincias mencionadas solicitaron por vía legal la restitución de los recursos retenidos.

La importancia del decreto 2635/15 de Cristina Fernández estriba no tanto en la devolución de ese 15%, sino en la obligación que impone al gobierno nacional de reemplazar esos fondos con rentas generales. De esa forma, protege a la Anses y a los jubilados, ya que la devolución de esos fondos provocaría “una brusca disminución de los ingresos para la seguridad social, afectando incluso los índices de movilidad jubilatoria”. Esta defensa a futuro de los ingresos de la Anses es, a mi entender, la razón de ser del decreto 2635/15, un tema que no ha sido puesto en discusión por los medios de comunicación concentrados. Así, el decreto 73/16 de Macri que lo deroga, termina tirando el agua de la bañera junto con el niño.

Para lograr la aprobación de la Bicameral, el presidente Macri dictó el reciente decreto 406/16, por el cual se crea el Consejo Argentino para el Nuevo Federalismo. Su objetivo es determinar un cronograma de devolución “en forma progresiva y escalonada” durante los próximos 5 años de ese 15% de la masa coparticipable.

Poco divulgada fue la exigencia de que dicha devolución “deberá garantizar el no agravamiento de la situación fiscal” de la Nación a la fecha del citado decreto. Cabe comentar en este aspecto que no es erróneo perseguir la protección del saldo fiscal, sólo que se debe tener en cuenta cuál es el costo de tal decisión.

Es indispensable que la discusión sobre la devolución de los fondos retenidos que actualmente se destinan a la seguridad social se realice a partir del sostenimiento de los recursos de la Anses. Esta cuestión, que no está presente en los objetivos del Consejo Argentino para el Nuevo Federalismo, debe ser abordada necesariamente para resguardar el valor de los beneficios previsionales que perciben cerca de 6 millones y medio de jubilados y pensionados.

Nota publicada en Tiempo Argentino el 29/02/2016

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